Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/355995
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355995
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 113
VENTA BAJO FORMA DE ARRENDAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 113
Si de los términos de un contrato, se advierte que fue intención o propósito común de las partes, que al concluir de abonar el comprador todos los pagos mensuales, hasta completar determinada cantidad, se le otorgaría la escritura de compraventa respectiva, sin necesidad de cubrir ningún nuevo precio por el terreno, y existe acuerdo expreso sobre la cosa, materia del convenio, precisándose su extensión y situación, y sobre el precio de venta del mismo, que debía amortizarse con el pago de las cuotas mensuales, habiendo entrado el comprador en posesión del inmueble, previa renuncia a uno de los efectos de la rescisión, como es la devolución del importe parcial que hubiera abonado sobre el precio de la cosa, renuncia que no es característica legal de los contratos de arrendamiento, en los que nunca se devuelven al arrendatario las pensiones que hubiere pagado al rescindirse o terminarse el contrato, es evidente que no se está en presencia de un contrato de esta naturaleza, sino de un contrato de compraventa a plazos, sujeto a la condición suspensiva, de perfeccionarse definitivamente, mediante el pago total del precio convenido.
Precedentes
Amparo civil directo 7885/36. Hinojosa Gerónimo. 10 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.