Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356010
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
356010
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 373

JUICIO EJECUTIVO, EXCEPCIONES OPONIBLES A LA PROCEDENCIA DEL.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 373

Precedentes

Amparo civil directo 1082/37. Moragues Miguel. 17 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea, no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice del Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, como tesis relacionada con la jurisprudencia 316.
Registro digital (IUS): 356010