Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356018
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 471
LANZAMIENTO, PROCEDENCIA DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 471
El arrendatario no puede, en el juicio de desahucio, desconocer el derecho del arrendador, que implica, pero necesariamente, reconoció al celebrar el contrato de arrendamiento, pues la falta de derecho del arrendador sobre la cosa arrendada, es propiamente materia de excepción que debe apreciarse, previa la sustanciación, en la sentencia de desahucio, y la ley no la determina como causa bastante para dar por terminada la providencia de lanzamiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1449/37. De la Serna de Barrios Carmen. 19 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.