Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356048
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
356048
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 898

CONFESION FICTA, ESTIMACION DE LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 898

Precedentes

Amparo civil directo 7626/37. Sociedad de Seguros Protección Mutua, S. C. R. L. 28 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea, no intervino en la discusión y votación del negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 281, cuarta tesis relacionada con la Jurisprudencia 102, de rubro " CONFESION FICTA EN EL DIVORCIO.".
Registro digital (IUS): 356048