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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 924
EMPLAZAMIENTO POR PUBLICACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 924
Aun admitiendo que válidamente pudiera ordenarse el emplazamiento del demandado, por publicaciones, si no consta que éstas se hayan efectuado en la forma legal, no puede tenerse por legalmente hecho el emplazamiento, ni darse por contestada la demanda en sentido negativo, ni condenarlo a las prestaciones reclamadas, por que estos actos resultarían violatorios del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5118/36. García Alvarez Casimiro. 28 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.