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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1210
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1210
Si se reclama en amparo la resolución que niega la revocación de la que mandó practicar una diligencia de prueba para mejor proveer, se trata de un acto negativo y declarativo, carente de toda ejecución; pero aun aceptando que pudiera tener algún efecto positivo, ese afecto no podría ser otro que el de que se llevara adelante el acuerdo dictado para mejor proveer y no causa al quejoso perjuicio de difícil reparación, el cual, en todo caso, podría derivarse de la sentencia que posteriormente dicte la autoridad responsable, estimando esa prueba; en consecuencia, la suspensión debe negarse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5751/38. Humana Juana Petronila. 3 de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.