Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356079
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356079
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1418
COSTAS, CONDENACION EN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1418
De acuerdo con la fracción III del artículo 1084 del Código de Comercio, procede condenar al reo en las costas de primera instancia, cuando el mismo fue condenado en lo principal, como resultado del juicio a que dio motivo, al no hacer el pago de prestaciones que reconoció adeudar.
Precedentes
Amparo civil directo 6255/36. Lira Fernando. 8 de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.