Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356100
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356100
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1729
POSESION, SUSPENSION TRATANDOSE DE LOS FRUTOS DEL INMUEBLE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1729
Si se reclama en amparo la posesión que la autoridad judicial dio de un terreno, del cual disfruta en arrendamiento el quejoso, se trata de un acto ejecutado por lo que hace a la posesión, pero puede suspenderse el aprovechamiento de los frutos, que es un acto que no puede estimarse consumado, por ser de tracto sucesivo, y la suspensión debe concederse, mediante fianza, para el efecto de que no se prive al repetido quejoso, de los frutos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7533/38. Landeros Pedro. 14 de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.