Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356125
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2195
DENUNCIANTES DE BIENES VACANTES, PARTICIPACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2195
El derecho a participar en los bienes vacantes denunciados, no se adquiere por el sólo hecho de la denuncia, sino cuando la misma resulta cierta y los denunciantes contribuyen a expedir la tramitación del juicio en el que se adjudiquen los bienes al fisco o a la Beneficencia Pública, ya sea suministrando los datos o informes que les sean pedidos y de los que ellos dispongan o cuando menos, absteniéndose de obstaculizar esa tramitación, mediante hechos positivos de su parte.
Precedentes
Amparo civil directo 4210/38. Escalante José María y coagraviado. 25 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.