Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356138
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2430
APELACION EN EL ESTADO DE MORELOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2430
El sistema establecido en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos, para el recurso de apelación, no requiere que el apelante exprese concretamente agravios determinados, contra la sentencia de primera instancia, sino que basta que interponga el recurso en tiempo y forma y lo mejore, para que el tribunal de alzada quede facultado para examinar en toda su integridad la cuestión controvertida y resolver lo que proceda respecto de todos los puntos del debate.
Precedentes
Amparo civil directo 4994/37. Cruz Manjarrez Daniel, sucesión de. 3 de marzo de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.