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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2449
POSESION RECLAMADA EN AMPARO, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2449
Si el quejoso en amparo es extraño al procedimiento judicial de que emana el acto que reclama, las pruebas de la inconstitucionalidad del mismo no pueden ser otras que las que demuestren la posesión que alega tener; de manera que la diferencia de nombres de los propietarios colindantes del predio que reclama, no implica una diferencia del predio, ya que aquélla puede provenir del cambio de propietario de los terrenos colindantes en el intervalo de tiempo habido entre la fecha de la adquisición del predio reclamado por el quejoso, y la del embargo practicado por el tercero perjudicado, y esta circunstancia no puede afectar la identidad del predio de manera que pueda estimarse que el adjudicado a éste, sea diferente de aquel cuya posesión trata de comprobar el quejoso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2476/38. González Guadalupe. 3 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga, no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.