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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2549
MULTA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2549
Si se reclama en amparo la resolución judicial que impone una multa en un juicio del orden civil, la suspensión debe concederse, mediante depósito del importe de la multa en el Banco de México, de acuerdo con el artículo 135 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6932/38. Carpio de Dávila Deifilia. 7 de marzo de 1939. Mayoría de tres votos. Disidente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 4796, tesis de rubro "MULTAS IMPUESTAS POR LA AUTORIDAD JUDICIAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".
Tomo XLVI, página 4810, tesis de rubro "MULTAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE IMPUESTAS EN JUICIOS CIVILES.".
Tomo LIV, página 2636, tesis de rubro "MULTA IMPUESTA POR AUTORIDAD JUDICIAL, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".