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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2811
PATRIMONIO DE FAMILIA, NULIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2811
La Ley de Relaciones Familiares, no establecía la nulidad del patrimonio de familia, por el hecho de que el inmueble respectivo se diera en arrendamiento, y aun cuando en tal punto podría aplicarse el Código Civil vigente, sin que su aplicación se estimara retroactiva, si se admite que las disposiciones de dicho ordenamiento, que se refieren al arrendamiento de los bienes constitutivos del patrimonio de familia, son complementarios de la institución de dicho patrimonio, ni aun así sería procedente la nulidad del patrimonio, por el hecho de que los interesados hubieran dado en alquiler un departamento del inmueble, puesto que aunque el artículo 740 del Código Civil previene que la primera autoridad municipal del lugar, puede autorizar, por dicha causa, que dicho patrimonio se dé en arrendamiento o aparecería hasta por un año, el artículo 741, fracción II, del propio ordenamiento, sólo considera extinguido el patrimonio (no nulo), cuando sin causa justificada la familia deja de habitar por un año en la casa que debe servirle de morada, por lo que cuando la familia vive en la casa que constituye su patrimonio y se ve obligada por la penuria, a rentar una de las piezas del inmueble, sin perjuicio de continuar habitándola, tal hecho no puede constituir una causa de nulidad o extinción del patrimonio de familia, porque el mismo no está previsto expresamente en la ley.
Precedentes
Amparo civil directo 8593/36. Camaño viuda de Puertas Concepción. 13 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.