Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356174
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356174
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2997
APREMIO, SUSPENSION TRATANDOSE DE MULTA IMPUESTA COMO MEDIO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2997
Si se reclama en amparo la multa que impone la autoridad judicial del orden civil, como medida de apremio para hacer cumplir una sentencia, dicha medida tiene por objeto principal el que sea cumplida debidamente una resolución judicial que ha causado ejecutoria, y si se impide el cumplimiento de esa sentencia, se afecta el interés general, que radica esencialmente en no estorbar en forma alguna la ejecución de esos fallos, porque la justicia debe ser pronta y expedita, y la suspensión debe negarse, ya que si con ella se prolonga indefinidamente los litigios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8313/38. Rodríguez Valencia Alfonso. 17 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.