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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356271
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 910
TESTAMENTOS, NULIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 910
La necesidad de que para ser válido un testamento impugnado de nulo, debió haberse otorgado cumpliéndose cada una de las formalidades previstas por la ley, está subordinada a la prueba plena de que el testador era demente con intervalos lúcidos, cuando por esta causa se objeta la validez del testamento.
Precedentes
Amparo civil directo 4214/36. Olvera de Jiménez Guadalupe. 19 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.