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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1898
IMPEDIMENTOS DE LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1898
No es impedimento para conocer del amparo presentado por una compañía, el que el Juez de Distrito reconozca haber sido apoderado de otra, de quien la quejosa es subsidiaria, máxime, si ni siquiera aparece que lo haya sido de dicha compañía, concretamente en el asunto que motiva el acto reclamado.
Precedentes
Excusa 42/38. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Tamaulipas. 14 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo.