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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356344
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1955
DOCUMENTOS PRIVADOS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1955
Es cierto que el acta levantada por el conductor de un tren, no es un instrumento público y que tampoco puede concedérsele valor probatorio como prueba testimonial o confesional, por no satisfacer los requisitos necesarios para la legalidad de esa especie de prueba; pero si el actor, al ofrecerla como prueba, acepta los hechos en ella contenidos, puesto que no los objeta en forma alguna, es claro que en ese punto surte efecto en su contra, no propiamente en su carácter de prueba documental, sino por virtud de la aceptación de los hechos que consigna.
Precedentes
Amparo civil directo 618/38. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 15 de noviembre de 1938. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.