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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3046
MUJER CASADA, DOMICILIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3046
Es cierto que, en términos generales, la mujer tiene el mismo domicilio del marido; pero hay casos en que sucede lo contrario, como cuando, con consentimiento de éste, la esposa va a residir a otro lugar, porque si no fuera así, bastaría con que el marido hiciera emprender un viaje a su esposa, para que, aprovechándose de ésta circunstancia pudiera seguir un juicio en su contra, sin su conocimiento y sin que pudiera defenderse.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2814/38. Carranza de Aguirre Carmen. 6 de diciembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no voto en este negocio por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.