Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356428
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3252
LANZAMIENTO, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 3252
Si se reclama en amparo la resolución judicial que ordena la desocupación de una finca, en diligencias de lanzamiento, la suspensión debe concederse, previa fianza, por reunirse los requisitos establecidos en el artículo 55 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo 5513/38. Rayón Carmen B. 9 de diciembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVI, página 3439. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4326/35. 12 de noviembre de 1935. Muñoz Tomás. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.