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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 247
PROCEDIMIENTOS EN JUICIOS MERCANTILES, AMPARO CONTRA LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 247
Si una sentencia de amparo, de manera global concede la protección federal contra todos los procedimientos, actos y resoluciones llevados a cabo en un juicio mercantil, sin especificar separadamente esos procedimientos, actos y resoluciones, tal sentencia no se compadecería con su contenido, si se limitara a un acto como el embargo, que además de ser previo al comienzo del juicio, puesto que se practica antes que el emplazamiento, que es con el que se inician todos los juicios, para nada se tomó en consideración en el texto de la sentencia, tanto porque el quejoso no hizo valer violaciones constitucionales cometidas en las diligencias de embargo y que pudieran dar margen a la protección federal, cuanto porque se concretó a solicitar esta protección, por no haber sido oído en juicio ni emplazado a él, pues la circunstancia de haber reclamado también el despojo de sus propiedades, como consecuencia de haberse seguido el juicio a sus espaldas, en nada afecta a la diligencia de embargo, ya que es bien sabido que este acto no supone un ataque a la propiedad, sino tan sólo un medio legal de garantizar las resultas del juicio.
Precedentes
Tomo LVII, página 3725. Indice Alfabético. Queja 200/38. Juez Conciliador de Tepetitlán, Distrito Judicial de Tula, Estado de Hidalgo. 8 de julio de 1938. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Bazdresch. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LVII, página 247. Recurso de queja 187/38. Pérez Lugo Aniceto. 8 de julio de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. Ponente: Alfonso Pérez Gasga.