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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356491
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 908
TESTAMENTOS, REGISTRO DE LOS (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 908
El espíritu del legislador, al establecer la inscripción de los testamentos, fue el de que figuraran en el Registro Público todas las causas que pudieran modificar el régimen de los derechos reales sobre bienes inmuebles, pero no para acreditar la personalidad del albacea, como representante de la sucesión, pues esto implicaría desvirtuar la índole de la institución del registro, haciendo que el mismo se extendiera a determinados actos, que sólo tienen fines representativos.
Precedentes
Amparo civil directo 4823/37. Esparza Arturo D. 28 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.