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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1022
SUBARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1022
Cuando existe discusión entre los derechos del arrendatario y subarrendatario, independientemente del propietario o arrendador, aquellos deben regirse por las disposiciones del contrato de arrendamiento, y consecuentemente, el subarrendatario puede válidamente ejercer los derechos consignados en el artículo 2485 del Código Civil, relacionados con la prórroga del contrato, en los casos en que el propio precepto indica.
Precedentes
Amparo civil directo 4029/36. Pezetsky Jaime. 30 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.