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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1812
SECUESTRO, DETERMINACION DE LOS FRUTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1812
Cuando se trata de estimar el monto de lo recaudado durante el secuestro para los fines de la reposición necesaria, por virtud de un fallo protector de garantías, las cuentas rendidas por el depositario, después de seguir el procedimiento legal relativo a su depuración, tienen que servir de base para determinar ese monto, que debe devolverse a quien obtuvo la protección federal.
Precedentes
Recurso de queja 456/37. Bustamante Abel J. 20 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.