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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1873
ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1873
Aunque el comprador, al aceptar la promesa de venta lo haya hecho en la creencia errónea de que pagaba el justo precio de la cosa vendida, y después se haya demostrado que su valor era menor, esta circunstancia no puede servir de apoyo para estimar que en el caso, existe enriquecimiento ilegítimo por parte de quienes prometieron en venta el predio objeto de la promesa, porque para que haya enriquecimiento ilegítimo, es necesario la ausencia de causa, como clara y terminantemente lo establece el artículo 1882 del Código Civil vigente en el Distrito Federal, de lo que se concluye que el error en cuanto al precio se traduce en lesión, y ésta, de acuerdo con el Código Civil de 1884, sólo existe cuando la parte que adquiere, da dos tantos más, o la que enajena recibe dos tercios menos del justo precio o estimación de la cosa, y como este ordenamiento no establece una regla general para normar la interpretación, sino que fija en forma clara y precisa las condiciones necesarias para que exista lesión que dé derecho a pedir la rescisión de un contrato, es claro que si entre el triple del valor real de la cosa y la cantidad estipulada como precio, hay una diferencia que no pase de los límites dichos, esa sola diferencia no puede estimarse como bastante para que exista lesión, que pueda fundar la rescisión del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 4008/36. Landero y Gómez Francisco y coagraviada. 23 de agosto de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.