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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356599
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2429
SENTENCIAS COMO PRUEBA EN JUICIOS DIVERSOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2429
Aun cuando la cosa juzgada únicamente tiene eficacia entre aquéllos que fueron parte en el juicio, prohibiéndoseles poner nuevamente a discusión el objeto de la controversia resuelta, ello no impide que el juzgador pueda extraer de una sentencia irrevocable, dictada entre otras partes, como de cualquiera prueba documental, el material de convicción necesario para decidir una diversa controversia entre partes distintas, caso en el que la sentencia no debe tenerse como verdad absoluta, sino como elemento de convicción, cuya calificación debe hacer el juzgador, relacionándola con las excepciones y pruebas que aporte el demandado en el juicio en que se tome en cuenta dicha sentencia.
Precedentes
Amparo civil directo 4866/36. Castillo López Juan, sucesión de. 6 de septiembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.