Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/356647
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3033
ADJUDICACION EN REMATE, SUSPENSION TRATANDOSE DE, SIENDO EL QUEJOSO TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3033
Si un tercero extraño al procedimiento reclama en amparo la resolución judicial que ordena se otorgue en rebeldía del demandado, la escritura de adjudicación del predio embargado, alegando el quejoso que en un procedimiento distinto, embargó el bien que se manda adjudicar e inscribir en el Registro Público, y reclama contra el otorgamiento de la escritura, y la anulación o cancelación de la inscripción de lo embargado por el quejoso, como se le pueden causar perjuicios de difícil reparación, la suspensión debe concederse mediante fianza, ya que se trata de intereses particulares.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1837/38. Nicolini Mena José. 23 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.