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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3127
ADULTERIO, PRUEBA DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3127
Como la naturaleza de los actos constitutivos del delito de adulterio, no admite, en términos generales, una comprobación directa, es indebida la exigencia por parte del juzgador, de una prueba plena, pues aquella circunstancia ha obligado a la Suprema Corte de Justicia en diversas ocasiones, a admitir la demostración presuntiva de dicho delito.
Precedentes
Amparo civil directo 3092/37. Alvarez Gonzalo. 27 de septiembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.