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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 112
SOCIEDAD LEGAL, BIENES DE LA (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 112
Siendo el dominio y la posesión de las cosas en común con el marido, sobre los bienes pertenecientes a la sociedad conyugal, un derecho concreto estatuido en el artículo 2023 del Código de Procedimientos Civiles de Estado de Coahuila, expedido en 1898, debe ser reconocido y respetado por todo aquel que tenga algún derecho referente a esos bienes, como por ejemplo, tratándose de un acreedor hipotecario que constituye una hipoteca sobre una casa, a sabiendas de que la misma pertenecía, no exclusivamente al esposo deudor, sino a la sociedad conyugal de aquél con su esposa, caso en que legalmente no puede desentenderse de esta circunstancia, al ejercer su acción hipotecaria.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8724/36. C. Venegas Concepción. 5 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga.