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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 566
EMBARGO, LEGALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 566
La subsistencia o insubsistencia de un embargo, sólo puede discutirse en el juicio ejecutivo en que se decretó, bien por las partes que figuran en el mismo, o bien por quien ejercite la acción de tercería correspondiente, como dueño de la cosa sujeta a secuestro.
Precedentes
Amparo civil directo 5731/36. Negociación Agrícola del Valle del Marqués, S. A. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.