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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1778
CONTRATOS, INCUMPLIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1778
No es verdad que la negación de la demanda traiga como consecuencia la afirmación del hecho positivo, de no haberse prestado el servicio contratado, porque la falta de prestación de un servicio contiene sin duda un hecho ideológicamente negativo, cualesquiera que sean las palabras que se empleen para expresarlo, puesto que consiste en un incumplimiento, o lo que es lo mismo, en la no actividad del contratante, en el sentido del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 1094/34. Compañía Fraccionadora y Constructora del Hipódromo de la Condesa, S. A. 11 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.