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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1779
ELECTRICIDAD, NATURALEZA DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1779
Los contratos de suministro de energía eléctrica, que tienen grandes analogías con los de arrendamiento, establecen la presunción de que los servicios fueron prestados cuando el arrendador pagó las primeras exhibiciones por el servicio, porque ello quiere decir que, por lo menos, al principio, lo estipulado entre las partes, tuvo indudable efectividad, por lo que si con posterioridad se suspende el servicio o el arrendador comete cualquiera infracción al contrato, tales hechos deben ser puntualmente comprobados por el arrendatario.
Precedentes
Amparo civil directo 1094/34. Compañía Fraccionadora y Constructora del Hipódromo de la Condesa, S. A. 11 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.