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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1947
EVICCION Y SANEAMIENTO, EN CASO DE DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1947
Las disposiciones del Código Civil, que instituyen la evicción y los efectos de la misma, que se traducen en el saneamiento de los daños y perjuicios que sufre el adquirente, cuando se ve privado de todo o parte del inmueble que le fue vendido, no pueden tener aplicación tratándose de sentencias dotatorias de ejidos, pues la evicción y saneamiento, conforme a la ley, rigen únicamente relaciones entre particulares, pero no cuando se trata de resoluciones dictadas en observancia de leyes de orden público, cuyos efectos, por esa misma razón, tienen que ser muy distintos de los que se producen únicamente entre particulares y que son los que prevé y rige el Código Civil.
Precedentes
Amparo civil directo 4068/37. Aguilar viuda de Aguilar Isabel. 16 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.