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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 356870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2154
COPROPIETARIOS, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2154
Si el derecho de coparticipación a un inmueble queda plenamente comprobado, es indudable que tal derecho no puede ser afectado en manera alguna, por un secuestro realizado con motivo de una liquidación judicial, si el copropietario afectado no es miembro de la sociedad fallida, razón por la que sólo pueden ser materia del secuestro o aseguramiento los derechos que los miembros de la sociedad fallida tengan en el inmueble indicado, mas no la propiedad íntegra de ese bien raíz, supuesto que el artículo 14 de la Constitución Política de la República, garantiza que las propiedades y los derechos no pueden ser atacados sino mediante juicio seguido ante los tribunales competentes, y en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3274/34. Romero María Luisa. 23 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.