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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2434
INSTRUMENTOS PUBLICOS, FUERZA PROBATORIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2434
Es verdad que las escrituras públicas y los convenios judiciales, constituyen instrumentos públicos que hacen prueba plena, aunque se presenten sin citación del colitigante; pero debe tenerse en cuenta que hacen prueba en cuanto al acto en ellos consignado, respecto de la declaración que hacen los interesados ante el notario, o que consignan en el convenio judicial, pero no por lo que ve a la realidad de esa declaración.
Precedentes
Amparo civil directo 88/36. Crédito Español de México, S.A. 10 de marzo de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.