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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2895
FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2895
Una factura extendida a favor de uno de los litigantes, es un documento formado por su orden, puesto que corresponde a un contrato de compraventa pactado por el mismo, y queda, por lo tanto, dentro de los términos literales del artículo 334 del código procesal de 1932, y es uno de los documentos privados a que se refiere la primera parte del artículo 335 del propio ordenamiento, por lo cual sólo puede perder su fuerza probatoria, si se propone en su contra la objeción de que habla el artículo 340 del mismo cuerpo de leyes.
Precedentes
Amparo civil directo 2347/34. Nacional Monte de Piedad. 18 de marzo de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.