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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3007
POSESION, PRUEBA DE LA. (LEGISLACION DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3007
Si el artículo 1228 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guerrero, admite que se ofrezca información sumaria, a falta de planos y documentos, para fijar los linderos de unas obras, al practicar la diligencia de apeo, resulta inconsecuente descartar como prueba el acta de posesión de las tierras dadas a los vecinos de un pueblo, invocando su falta de registro, como si se pretendiera desconocer derechos que hubiese adquirido un tercero, ignorando la posesión de que disfrutaba el pueblo, toda vez que el objeto de esa acta en el juicio de apeo, se relaciona con la posesión, que puede demostrarse con una información testimonial, sin exigir requisito alguno de publicidad basada en la inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
Precedentes
Amparo civil directo 7231/36. Vecinos del Pueblo de San Jerónimo Atzacualoya, Distrito de Alvarez, Guerrero. 24 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.