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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3224
COMPRAVENTA, PRECIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3224
Si en un contrato de compraventa no aparece como ajena la cosa vendida, sino tan sólo que el comprador ha pagado parte del precio convenido, con bienes que aparecen no ser de la propiedad, el vendedor tiene indudablemente acción para exigir el cumplimiento de lo pactado, pero no para promover la nulidad de la compraventa.
Precedentes
Amparo civil directo 3436/36. Idiáquez de Vargas Margarita. 31 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.