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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 28
NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 28
Si se reclama en amparo la resolución judicial que declara no haber lugar a dar entrada a un incidente de nulidad de actuaciones, se trata de un acto negativo y la suspensión debe negarse.
Precedentes
Amparo 4397/37. Lomas Rafael. 1o. de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVI, Pág. 5118. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5373/35. Avila y Aragón Manuel. 2 de diciembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo LVIII, página 2909, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".
Tomo XLVI, página 2309, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".
Tomo XLVI, página 3560, tesis de rubro "NULIDAD DE ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.".