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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 222
SOCIEDADES MERCANTILES, REQUISITOS DE LOS PODERES OTORGADOS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 222
Si bien es cierto que en los mandatos otorgados por las sociedades, deben indicarse y transcribirse las constancias conducentes para acreditar la existencia de la persona moral que confiere la representación, debe tenerse en cuenta que este requisito no puede considerarse en forma extensiva, ya que las condiciones de existencia de una sociedad, deben precisarse en su escritura constitutiva y no en los mandatos que las mismas otorguen, en los cuales bastan las indicaciones e inserciones antes indicadas, para que surtan efectos jurídicos; y aun cuando el poder otorgado a un mandatario, careciere de transcripciones conducentes para hacerlo eficaz, si durante la tramitación del incidente sobre la falta de personalidad de aquél, éste presenta nueva escritura social, sobre la reorganización de la propia sociedad y de los estatutos, debe estimarse que con ello se cumple con todas las condiciones necesarias para dejar claramente determinada la personalidad del mandatario, toda vez que esta escritura, debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, viene a purgar de cualquier defecto de forma, a la impugnada.
Precedentes
Amparo civil directo 7111/36. Cardinale Mario. 5 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.