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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357185
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 578
NACIONALIZACION DE BIENES, PRUEBA PRESUNCIONES EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 578
Bastan indicios lógicos que conduzcan al sentenciador a la conclusión de que un inmueble ha sido poseído por una persona interpósita del clero o que dicho inmueble se utiliza para en él hacer la propaganda o enseñanza de algún culto, para que se declare procedente la acción de nacionalización, de acuerdo con lo establecido por la fracción II del artículo 27 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo 3040/31. Agente del Ministerio Público Federal. 15 de octubre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Abenamar Eboli Paniagua y Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.