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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
357208
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 741

APELACION DEL AUTO AD EXEQUENDUM, ES IMPROCEDENTE EL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE LA DECLARA BIEN ADMITIDA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 741

Precedentes

Queja en amparo civil 343/37. Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey, S. A. 19 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 357208