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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357218
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 923
PRESCRIPCION MERCANTIL, IRRENUNCIABILIDAD DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 923
Como la prescripción, en asuntos mercantiles, no puede renunciarse, es claro que la renuncia no produce el efecto de duplicar los términos, como lo establece el artículo 1065 del Código Civil de 1884, porque esta disposición no es supletoria del Código de Comercio.
Precedentes
Amparo civil directo 4683/26. Avalos Miguel V. 22 de octubre de 1937. Mayoría de tres votos. Ausente: Abenamar Eboli Paniagua. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.