Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/357285
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1894
SIMULACION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1894
La doctrina en general, está de acuerdo en que debe exigirse la prueba de la simulación, cuando se trate de controversia entre los contratantes, por medios probatorios distintos de las presunciones, y que sean, generalmente, preconstituidas o contemporáneas de los hechos, haciendo la misma doctrina una distinción, tratándose de la simulación, cuando la controversia surge entre las partes y cuando es con un tercero; pero aun aceptando que es admisible la prueba presuntiva para demostrar la simulación, cuando se trata de un litigio entre los contratantes y no con un tercero, cuando no existen los elementos de la propia prueba que capaciten para concluir lógicamente la existencia de la simulación, la misma no debe tenerse por demostrada.
Precedentes
Amparo civil directo 1169/37. Wickez Nancy Jane. 16 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.