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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2746
NACIONALIZACION DE ANEXIDADES DE LOS TEMPLOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2746
La existencia de comunicaciones entre determinadas casas y templos es por sí sola bastante para hacer procedente la nacionalización de los predios en su totalidad, puesto que se encuentran colocados al servicio de esos templos, como lo corrobora la existencia en ellos, de ornamentos, vestiduras y utensilios pertenecientes al templo contiguo, sin que sea procedente reducir la nacionalización sobre aquellas partes de las casas en que se hubieren encontrado estos objetos, porque aparte de que se destruiría la individualidad de cada casa, la ley constitucional no hace el distingo necesario para poder restringir la nacionalización exclusivamente a las partes de los predios en que se encuentren los signos objetivos, demostradores de la causa de la nacionalización, sino que hace extensivos los efectos de la causa, a todo el predio en su integridad.
Precedentes
Amparo civil directo 5774/34. Urtazum Arza Cruz. 8 de diciembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.