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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
357370
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3426

NULIDAD, ACCION DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3426

Precedentes

Amparo civil directo 2394/35. Valdés Zepeda Jesús. 8 de octubre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XXXVI, página 1552. Amparo civil directo 4789/26. Ruggiero Hermanos. 9 de noviembre de 1932. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLV, página 100, tesis de rubro "NULIDAD, ACCION DE.".
Registro digital (IUS): 357370