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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 15
APEO Y DESLINDE (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 15
Como las diligencias de apeo y deslinde están encomendadas, conforme a las disposiciones del título III del libro IV del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca, a las autoridades judiciales, las verificadas por otra que no sean éstas, son violatorias de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 636/37. Hernández Daniel. 1o. de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.