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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 207
HONORARIOS PROFESIONALES, INTERESES IMPROCEDENTES SOBRE EL IMPORTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 207
Si la suma designada por los actores en el juicio, como monto de sus honorarios, fue depositada, es claro que los mismos admitieron, implícitamente, la necesidad de que hubiera una declaración, por medio de sentencia, para que pudiera establecerse la carga de la obligación y su quantum; por lo que no puede decirse que el deudor haya incurrido en mora, para el efecto de que la suma causara los intereses correspondientes.
Precedentes
Amparo civil directo 1717/36. Ruiz y Cuevas Carmen y coagraviados. 6 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.