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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 219
POSESION, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 219
Si se reclama en amparo la resolución judicial que ordena dar posesión de una finca y aparece que aquélla se dio, pero que se fijó a quien la poseía, un término para desocuparla, el acto reclamado no puede estimarse como ejecutado, puesto que al fijarse dicho término, la posesión se dio sólo virtualmente, y la suspensión debe concederse, mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2320/37. García Eutiquio. 6 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.