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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357459
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 680
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 680
El hecho de que un embargante haya tenido conocimiento de la demanda instaurada por un tercero contra el mismo deudor, no lo priva del derecho de acudir al amparo contra la resolución que adjudica los bienes por él embargados a otra persona, sin que en la adjudicación se hayan observado las reglas del procedimiento que fija la ley para el remate.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5458/36. Magaña Ignacio. 15 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.