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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 796
INMUEBLES, VARIACION DE IMPUESTOS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 796
Si se notifica a un causante haberse promediado las rentas de un predio de su propiedad, variándole la cuota, y no se demuestra que hubiese ocurrido el caso de excepción para poder modificar la base de tributación, pues la promediación dicha y que trata de aumentar la cuota de percepción no es hecha y notificada en el juicio fiscal correspondiente, aquélla debe permanecer fija e inalterable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2600/37. Canales de Martínez Francisca. 20 de julio de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y Agustín Aguirre Garza.